miércoles, 12 de enero de 2011

Ley contra el tabaco.

La acción de fumar en locales cerrados y recintosestará totalmente prohibida, además de los sitios con zonas reservadas.Esta ley se une a la le impuesta en 2005, siguiendo estando prohibido fumar en los lugares ya prohibidos por esa ley. Para ser más exactos y tener total precisión de conocimientos sobre donde se podrá y no fumar os intentaré ayudar pasándoos esta información:


Estará totalmente prohibido fumar en:

- Bares, restaurantes y locales de ocio, bingos, salas de juego....
- En hospitales y centro sanitarios (ni dentro ni fuera de las instalaciones ni proximidades).
- En parques infantiles y colegios (ni dentro del colegio ni en la puerta ni en los alrededores de colegios o parque infantiles).
- En campus universitarios (aunque sí en la puerta, pero no en el interior).
- Transportes públicos ni aunque el techo esté descubierto como en algunos autobuses).
- Aeropuertos (ni siquiera en las areas de fumadores que se eliminarán, solamente se podrá fumar en la puerta).






Se podrá fumar en:

- Zonas habilitadas en psiquiátricos, geriátricos y prisiones.
- Terrazas y acristalamientos (siempre que el espacio esté abierto).
- El interior de las habitaciones reservadas para fumadores en los hoteles (solo habrá un 30% de salas en el hotel).
- Plazas de toros (si son abiertas).
- Estadios de fútbol o lugares de celebración de acontecimientos deportivos o artísticos (si los lugares son abiertos sino no).
- En las zonas reservadas de los lugares donde se permita (no deberán ser más del 30%).
- Clubs de fumadores (se pueden crear pero no se puede tener a nadie atendiendolos, aunque si se les podrán vender artículos, y se necesitarán los estatutos en las revisiones para comprobar que no se trata de fraudes de hosteleros con esta necesidad).


Espero que les sirva de algo y hasta pronto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...